El Grupo Técnico de Comercio de Emisiones de la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático (GT CCPCC) ha publicado un nuevo documento con recomendaciones relativas al consumo de biomasa y biogás en instalaciones incluidas en el EU ETS.
Estas recomendaciones surgen como consecuencia de las modificaciones introducidas en el Reglamento 2020/2085, que modifica el Reglamento 2018/2066 relativo a la notificación y seguimiento de emisiones en el EU ETS. Este Reglamento incluye nuevos requisitos de sostenibilidad para los biocombustibles, biolíquidos y combustibles de biomasa utilizados para la combustión en instalaciones del EU ETS.
En concreto, este nuevo documento de recomendaciones sobre el tratamiento de la biomasa se centra en las siguientes cuestiones:
- La documentación necesaria para demostrar durante la verificación del Informe de Emisiones el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad y de reducción de emisiones.
- La información que deberán incluir los planes de seguimiento para contemplar estos nuevos criterios, así como la metodología de cálculo que hay que emplear para contabilizar, a efecto de notificación, las emisiones de origen biogénico.
- Los requisitos que deberán cumplir las instalaciones productoras y autoconsumidoras de biogás, solicitando a estas instalaciones que se den de alta en el Registro de Garantías de Origen de Gas Renovables, expidan GdOs por el biogás generado y las autocancelen. Este registro, junto con la presentación de documentación legal y técnica de la instalación, conlleva la realización de un informe y una auditoría externa inicial de verificación.
Desde Global Factor ayudan a cumplir con estos nuevos requisitos y poder seguir aplicando un factor de emisión cero para las emisiones asociadas a la biomasa y biogás.